Reintegros enfermedad crónica

El plazo para solicitar el reintegro se establece en 30 días corridos a partir de la fecha de emisión de la factura y/o ticket. Vencido el plazo indicado la CSS no recepcionará la solicitud.

Independientemente de la fecha de inicio del expediente, éste culminara el 31/12 del año en curso.

 TODO TIPO DE REINTEGRO QUEDARÁ SUJETO A AUDITORIAS MÉDICAS Y ADMINISTRATIVAS POSTERIORES.

Todos los reintegros que correspondan se harán a valores convenidos estipulados en el nomenclador de CSS (Según Reglamentación vigente).

No se reintegrarán solicitudes por copagos/coseguros a cargo del afiliado/a ni por aranceles diferenciales o facturaciones emitidas por prestadores de CSS.
(Según Reglamentación vigente).

En caso de solicitar el cambio de CBU deberá realizarlo con anterioridad a la presentación de la facturación, caso contrario no podrá realizar el reclamo de lo abonado.

Requisitos para reintegros enfermedad crónica

REQUISITOS

  • PEDIDO MEDICO ORIGINAL debe incluir cantidad de sensores mensuales (Por ejemplo, 2 sensores mensuales HASTA DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga validez hasta el cierre del expediente). La validez inicial del mismo la determinará la fecha de confección del pedido médico presentado. El mismo se solicita por única vez.
  • COPIA DE INFORME MÉDICO. El mismo se solicita por única vez.
  • DEBERÁ ESTAR CARGADO DENTRO DEL PLAN DE COBERTURA DE ASISTENCIA A PERSONAS CON DIABETES.
  • FACTURA B O C A NOMBRE DEL AFILIADO/A Y/O TICKET CONSUMIDOR FINAL (SEGÚN CORRESPONDA) detallando la compra, deberá ser original, y cumplir con los requisitos establecidos por la afip, los mismos tendrás una validez de 30 días corridos desde su emisión/prestación según corresponda.
  • CONSTANCIA DE CBU, emitida por el banco (puede ser copia). Se solicita en el banco o se descarga por homebanking, deberá contar con todos los datos del afiliado (Nombre – Apellido – DNI – CUIL), y logo o membrete de la entidad bancaria, para poder constatar la titularidad de la cuenta, perteneciente al afiliado/a titular de CSS salvo autorización expresa del mismo. Para la autorización a un tercero se deberá presentar una autorización con firma certificada ante escribano público o juez de paz incluyendo los datos completos de ambos. La persona autorizada debe tener un vínculo con el afiliado, y no se permiten autorizaciones a favor de quienes brindan el servicio. Esta autorización solo tendrá validez para el expediente del año en curso. Deberá renovarse todos los años.
  • FOTOCOPIA DE DNI DE AMBOS LADOS perteneciente al afiliado/a titular.
  • CONSTANCIA DE CUIL perteneciente al afiliado/a titular, para aquellos casos que no se encuentre discriminado el mismo en el DNI. Los mismos se solicitan por única vez.

Una vez aprobado por la auditoria correspondiente de esta obra social, solo deberá presentar ticket/factura original mensualmente.

  • TICKET CONSUMIDOR FINAL – FACTURA B O C ORIGINAL A NOMBRE DEL AFILIADO/A (debe figurar que son productos sin tacc). Debe contener solo productos aptos para celíacos. No se aceptarán compras mixtas.
  • En caso de no figurar el detalle en el ticket deberá presentar fotocopia o foto impresa del producto con el sello.
  • Deberá estar cargado dentro del plan de cobertura de asistencia al celiaco.
  • CONSTANCIA DE CBU, emitida por el banco (puede ser copia). Se solicita en el banco o se descarga por homebanking, deberá contar con todos los datos del afiliado (Nombre – Apellido – DNI – CUIL), y logo o membrete de la entidad bancaria, para poder constatar la titularidad de la cuenta, perteneciente al afiliado/a titular de CSS salvo autorización expresa del mismo. Para la autorización a un tercero se deberá presentar una autorización con firma certificada ante escribano público o juez de paz incluyendo los datos completos de ambos. La persona autorizada debe tener un vínculo con el afiliado, y no se permiten autorizaciones a favor de quienes brindan el servicio. Esta autorización solo tendrá validez para el expediente del año en curso. Deberá renovarse todos los años.
  • FOTOCOPIA DE DNI DE AMBOS LADOS perteneciente al afiliado/a titular.
  • CONSTANCIA DE CUIL perteneciente al afiliado/a titular, para aquellos casos que no se encuentre discriminado el mismo en el DNI. Los mismos se solicitan por única vez.

Una vez aprobado por la auditoria correspondiente de esta obra social, solo deberá presentar ticket/factura original mensualmente.

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